Escribe César H. Zuccotti.
El episodio en que 13 intendentes de varias ciudades entrerrianas ,plantean al Tribunal Superior de Justicia una acción de inconstitucionalidad, para dejar sin efecto la cláusula transitoria de la Constitución provincial que les impide postularse como candidatos a un tercer período consecutivo.
Para ellos” se han verificado violaciones al ejercicio del poder constituyente, derivado, al principio de igualdad ante la ley, se ha producido la violación del principio de razonabilidad y un indebido avance por sobre el principio de autonomía municipal.”
A pesar de haber acatado la nueva constitución, de haberla jurado ,de haber sido los responsables de hacerla jurar a todos sus funcionarios municipales, después de haberles explicado públicamente los alcances ,contenido y significación de este acto, los 13 presidentes municipales ,el 17 de octubre de 2010, se presentaron ante la justicia y entre otras cosas manifestaron :”ninguna letra fría y especuladora puede ir en contraposición de los intereses y la voluntad del pueblo”.
Todo el articulado de la nueva constitución, aparece como un cuerpo legal armónico y coherente cuando se analiza la cláusula transitoria, (art. 291) cuya vigencia pretenden impugnar los intendentes .El artículo 234 inc 4º establece. ”el presidente y el vicepresidente municipal duraran cuatro años en sus cargos pudiendo ser reelegidos una vez.”, no hay ninguna otra manifestación en contrario de esta norma, que además coincide con el texto reformado de la ley 3001 cuando se refiere al tema.
Surge también de la página web de la Convención Constituyente,que durante las sesiones fueron invitados todos los presidentes municipales ,concejales ,presidentes de junta de gobierno, y ciudadanos comunes con el propósito de presentar proyectos y mociones referidos al régimen municipal .Además se puso en conocimiento de todos los presidentes municipales y demás funcionarios la totalidad de los regímenes municipales vigentes en el país, que están establecidos en cada una de las constituciones provinciales.(Diario de sesiones de la Honorable Convención Constituyente ,sesión nº 29 página 3799 y siguientes).
No cabe hoy la posibilidad de realizar un planteo coherente y racional que pretenda desconocer esta situación.
La presentación de los intendentes está mas cerca de ser una interpretación maliciosa de la constitución ,que pretende descalificar su validez y vigencia , avanzando hacia su incumplimiento liso y llano.







17/03 | 21:03
ESPERO QUE SI LOS RADICALES SOMOS GOBIERNO NUEVAMENTE ESTE TIPO NO APAREZCA POR QUE ES UN SALVAVIDAS DE PLOMO.
18/03 | 0:19
Sr. ZUCCOTTI, es usted un nefasto resabio del pasado, parte de un gobierno nefastamente °°°° e ineficiente, hoy convertido en escriba de poca monta, en fin siga usted redactando pero tambien NARRE feacientemente TODAS LAS °°°°° COMETIDAS POR USTED y la hoy bien APROBISIONADA DE BIENES °°°°°° GRACIA JAROSVLASKI.QUE disfruta de un pasar COUNTRY a costa del erario PUBLICO.
Valla a usted y sus socios el mayor de mis DESPRECIOS.